¿En qué consisten estas ayudas?

Estas ayudas tienen como objetivo facilitar el desarrollo y lanzamiento a los mercados de nuevos productos, servicios o procesos de carácter innovador por parte de las empresas de Extremadura.

Por tanto, apoyan proyectos de innovación aplicada que desarrollen, adapten o validen nuevos productos, servicios o procesos, con especial atención a la fase de precomercialización y a la dualización tecnológica (civil-militar o intersectorial), que se encuentren en alguno de los siguientes niveles más avanzados en la Escala de Madurez Tecnológica (TRL):

  • TRL 7: Demostración de sistema o prototipo en un entorno real.
  • TRL 8: Sistema completo y certificado a través de pruebas y demostraciones.
  • TRL 9: Sistema probado con éxito en entorno real.

¿Qué es la
innovación aplicada?

Hace referencia a los proyectos que no se quedan en la exploración teórica o experimental, sino que implican el desarrollo y validación en un entorno real de nuevos productos, servicios o procesos con una orientación al mercado y explotación empresarial.

¿Qué es la
escala TRL?

Es una forma aceptada de medir el grado de madurez de una tecnología. En los niveles más altos, del TRL 7 al TRL 9, las empresas se enfocan en validar el producto en el entorno de uso, escalar su producción y entrar al mercado.

¿Qué se entiende por GoToMarket?

Es la estrategia que define cómo llevar un producto o servicio al mercado de manera eficaz y rentable. Incluye la propuesta de valor, los canales de distribución, la política de precios, las acciones de comunicación, etc. 

Destinatarios

¿Quién la puede solicitar?

Pymes con centro productivo en Extremadura, de cualquier forma jurídica, incluido autónomos, comunidades de bienes y entidades sin personalidad jurídica:

  • Que cuenten con una plantilla media de, al menos, 5 trabajadores contratados por cuenta ajena en Extremadura, en los doce meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. En el caso de nuevas empresas, que lleven operativas menos de 12 meses, se considerará el mayor valor entre la plantilla media que hubiera tenido desde que se dio de alta en la Seguridad Social o la existente a la fecha de presentación de la solicitud.
  • También pueden beneficiarse empresas que cuenten con una plantilla media inferior a 5 trabajadores, siempre que:
    • Se trate de una empresa creada con posterioridad al 1/1/2020 y que estén certificadas como empresa emergente por ENISA.
    • Que tengan la calificación como pyme innovadora, según lo especificado en el Real Decreto 475/2014.
    • O que las actuaciones a realizar se fundamenten en los resultados previos alcanzados con el desarrollo de un proyecto de I+D+i que ha contado con financiación pública.

Una misma empresa solo podrá presentar una solicitud por convocatoria y centro de trabajo.

Actividades excluidas:​
  • Acuicultura, pesca, ganadería o la producción primaria de productos agrícolas.
  • Las actividades relacionadas con juegos de azar y apuestas.
  • Actividades financieras.

CONCESIÓN DIRECTA

No esperes al último día.

Las ayudas se irán concediendo según se vayan solicitando por los interesados en base a los requisitos establecidos.

CONVOCATORIA ABIERTA A PARTIR DEL 10 DE OCTUBRE

Proyectos subvencionables

La ayuda subvenciona los siguientes proyectos:

Demostración en entorno operativo

Se subvencionarán proyectos para la realización de pruebas de prototipos funcionales en entornos reales (industria, defensa, sanidad, etc.), integración de subsistemas, adaptación a condiciones reales de uso, acciones de validación con usuarios finales o primeras implantaciones.

Validación y calificación del sistema

Realización de puesta a punto de nuevos procesos o nuevas líneas de producción, realización de pruebas finales, controles de calidad, ensayos y verificaciones, cumplimiento normativo, certificaciones, homologaciones y protección de los nuevos productos, actividades previas necesarias para la preparación de la producción y comercialización y aquellas actuaciones necesarias a realizar en la empresa para favorecer la adaptación técnica para uso dual.

Lanzamiento y precomercialización

Se subvencionarán proyectos relativos a la realización de producciones limitadas para mercado inicial, la realización de ensayos de mercado, campañas piloto, validación de canal de venta, así como acciones de introducción en mercados duales o nuevos sectores.

Gastos subvencionables y cuantía

Gastos subvencionables
  • Gastos de personal técnico de la empresa que se vaya a dedicar a la realización del proyecto, pudiendo ser tanto trabajadores contratados por cuenta ajena como la persona titular o socios de la empresa solicitante que coticen como autónomos. El gasto máximo subvencionable para este concepto será hasta el 40% del coste total del proyecto. Este límite podrá superarse en aquellos casos en los que la empresa solicitante justifique adecuadamente que precisa un mayor volumen de recursos humanos. Son subvencionables los costes salariales de nóminas y Seguridad Social, del personal con titulación universitaria o de Formación Profesional de Grado Superior.
  • Gastos de contratación externa especializada de servicios de ingeniería, diseño, pruebas, para la realización de estudios y cumplimiento normativo, controles de calidad, ensayos y verificaciones, asesoramiento técnico y/o tecnológico para el desarrollo de los productos que vaya a producir la empresa, asesoramiento y tramitación en materia de propiedad industrial y cualquier otro tipo de asistencia técnica especializada que se requiera, de manera justificada, para la puesta en marcha del proyecto.
  • Gastos de consultoría externa para la elaboración de estudios de viabilidad legal, técnica, comercial o económica, u otros de naturaleza similar necesarios para el desarrollo del proyecto.
  • Alquiler de equipos necesarios para el desarrollo del proyecto.
  • Adquisición de materias primas, materiales, licencias u otros tipos de componentes necesarios para la fabricación de las primeras unidades del producto desarrollado, con un límite máximo del 30% de los gastos del proyecto.
  • Gastos de contratación con terceros de los trabajos de fabricación y lanzamiento de las primeras unidades del producto desarrollado, con un límite máximo del 30% de los gastos del proyecto.
  • Gastos de contrataciones externas para la realización de acciones de validación comercial o de precomercialización, elaboración de material promocional, presentaciones de productos, asistencia a ferias, entre otros.
  • Gastos de elaboración del informe de auditoría relativo a la justificación final de los gastos realizados tras la ejecución del proyecto subvencionado.
Criterios de valoración
  1. Capacidad empresarial. Máximo 25 puntos. Experiencia, capacidad técnica, financiera y empresarial.
  2. Proyecto de Innovación Aplicada. Máximo 75 puntos.
  • Viabilidad técnica.
  • Impacto en la cadena de valor de la empresa.
  • Impacto en la competitividad de la empresa.
  • Alianzas estratégicas.
  • Proyectos de dualización hacia el sector de la defensa.
  • Utilidad del proyecto.
  • Grado de protección.

Las solicitudes de ayuda que no alcancen un mínimo de 50 puntos serán denegadas.

Cuantía

Subvención del 80% para pymes de cualquier forma jurídica, incluido autónomos. La inversión máxima de gastos subvencionable será de 120.000 euros (IVA excluido).

Subvención del 50% para gran empresa. Límite máximo de la inversión subvencionable de 200.000 euros (IVA excluido).

Pago de la ayuda
  • Primer pago del 70% del importe total de la ayuda una vez notificada la resolución de concesión.

  • El 30% restante, una vez justificada la totalidad de los gastos subvencionados.

IMPORTANTE
Recuerda consultar las bases reguladoras antes de realizar tu solicitud

Tramitación
  • Solicitudes CONVOCATORIA CERRADA

    Presentación de la solicitud de subvención en modelo oficial y documentación asociada.

  • Documentación

    Paso 1: Elabora la memoria con el asistente virtual.
    Paso 2: Presenta tu solicitud a través del trámite online. Deberás adjuntar la memoria elaborada en el paso 1.

  • Informe

    Informe favorable o desfavorable

  • Resolución individual

    Tras la resolución individual, habrá un plazo de ejecución de 8 meses.

  • Pago del 70%

    Pago del 70% una vez notificada la Resolución Individual.

  • Justificación del proyecto

    Presentación de la solicitud de liquidación (en modelo oficial y documentación asociada)

  • Pago de la subvención

    Pago del 30% restante a la justificación de la ejecución total del proyecto.

Normativa
Contacto

Puedes contactar con nosotros en:

Dirección General de Empresa – Junta de Extremadura

Paseo de Roma s/n, módulo D, primera planta.

Email: extremaduraempresa@juntaex.es